En la nota “El deber institucional de absolver y de explicar” (10/05) el columnista Eduardo Rothe grafica muy bien el deber constitucional de los jueces al aplicar los principios del derecho, entre ellos la falta de pruebas para condenar en un hecho que conmovió a la opinión pública. Esto me lleva a pensar en la disposición legal que ya existe en nuestro país de la implementación de los juicios por jurados. ¿Qué hubiera pasado en este caso referenciado si la sentencia hubiera sido dictada por un tribunal popular (jurado)? Realmente estamos preparados para decidir en esos casos? Mucho se criticó, y se critica, sobre la demora en poner en marcha los juicios por jurados, pero la verdad no sé si estamos preparados para ello. Aclaro que también tenía la misma presunción que presentó la acusación, pero el fallo me hizo recordar lo que recomendó un reconocido camarista penal en la universidad: “No hagan como la mayoría, nunca opinen sin ver el expediente judicial”, o sea las pruebas.
Juan Domingo Vega
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